viernes, 9 de agosto de 2013

EDUCACIÓN: Amplían las licencias para docentes suplentes - Decreto nº 1906/13

EDUCACIÓN: Amplían las licencias para docentes suplentes



A través del Decreto Nº 1906/13 del Poder Ejecutivo Provincial, se amplió hasta un máximo de 15 días continuos o discontinuos en cada periodo lectivo el régimen de licencias, permisos y justificaciones de inasistencias del personal docente.
En este sentido, la norma expresa textualmente en su Artículo 1º: “Modifícase el inciso b del Artículo 34º del Decreto Nº 1.482/1979. Régimen de Licencias, Permisos y Justificación de Inasistencias del Personal Docente, el que queda redactado de la siguiente manera: Podrá hacer uso de licencia por enfermedad con goce de haberes, hasta un máximo de quince (15) días, continuos o discontinuos en cada período lectivo, debiendo acreditar para ello una antigüedad mínima de cuatros (4) meses en la docencia. Podrá hacer uso asimismo de la licencia prevista en el Artículo 12º del presente decreto, por un plazo máximo de quince (15) días corridos por año calendario, continuos o discontinuos, con goce íntegro de haberes, la que podrá prorrogarse por otros quince (15) días, continuos o discontinuos, sin goce de haberes”.
El decreto, de fecha 8 de agosto de 2013, lleva la firma del Gobernador Ricardo Colombi, y está refrendado por el ministro de Educación Orlando Macció.

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